Home | Sobre Nosotros | Los Programas DiveAssure | DiveAssure y Duke | Los Aseguradores | Los proveedores de Asistencia |
 
Registrarse
Servicios a Particulares
Servicios para Mayorista
Terminos de la Póliza
Emergencias y Reclamaciones
Contacto
Hacerse Mayorista
Mapa del Sitio
DiveAssure y Duke
DiveAssure y Duke

El Paquete DDM
El Paquete DDM

Duke Dive Medicine
Duke Dive Medicine

Seguro de Accidentes Personales y Gastos Médicos
Incluyendo Cláusula adicional de Responsabilidad Civil (Terceras partes) – Programas España

(1.7.2008)

 

1. PREFACIO

Esta es una póliza de grupo de accidentes personales y gastos médicos que cubre DiveAssure para sus miembros abonados

Los Aseguradores abonarán de acuerdo con el Programa establecido en la presente, por el programa al cual se inscriba el miembro, como resultado directo de un Evento Asegurado, todo según lo definido en la presente, durante el Período de Seguro de acuerdo con los siguientes términos, condiciones y limitaciones.

2. DEFINICIONES

“Cuota de Membresía”

Abono completo, total y final de la cuota de membresía según lo requerido por el programa elegido por la Persona Asegurada en el formulario de solicitud, recibido por la Asociación DiveAssure.

 “Los Aseguradores”

Ciertos Aseguradores en Lloyd's.

"La Persona Asegurada"

Un individuo, de por lo menos 8 años de edad pero no mayor que 75 años de edad y que es un buceador acreditado, y es portador de una licencia de buceo válida, o que es el portador de un permiso de instructor de buceo válido, (ambos permisos reconocidos por organizaciones de buceo internacionales), y que Bucea de acuerdo con los estándares generalmente aceptados por la comunidad de buceo, o

Un individuo de por lo menos 8 años de edad que está en el proceso de obtención de su acreditación como buceador, y que se halla bajo la supervisión de un instructor de buceo acreditado y que Bucea con él, de acuerdo con lo anteriormente mencionado en nombre de un club de buceo autorizado para acreditar buceadores.

 “Accidente”

Significa un evento súbito, imprevisto, inusual y específico que tiene lugar a una hora y en un lugar identificables durante el Período del Seguro.

“Evento Asegurado”

Significa una lesión física identificable causada por un Accidente a la Persona Asegurada.

(a)               En tanto que está ocupado Buceando o

(b)               en tanto está en la tienda Dive (de Buceo)

(c)               en el bote que transporta a la Persona Asegurada hacia y del Buceo (incluyendo embarque y desembarque)

y

(i)                  Exclusiva e independientemente de toda otra causa, excepto enfermedad o dolencia resultante directamente de tal lesión o tratamiento médico o quirúrgico considerado  necesario a causa de tal lesión, que ocasiona la muerte o incapacidad física total y permanente de la Persona Asegurada y/o

(ii)                incurre en gastos médicos

 

"Buceo "

Buceo en el marco del límite de profundidad especificado en el Programa, buceo significa buceo libre recreativo (Apnea), con esnórquel y/o bucear desde el momento en que la Persona Asegurada ha comenzado a utilizar el equipo de buceo estándar manufacturado para buceo con escafandra autónoma (SCUBA) o buceo con suministro de superficie (HOOKAH) y hasta que la Persona Asegurada se quita  el equipo anteriormente mencionado.

"Equipo Personal de Buceo"

El equipo personal de buceo propiedad de la Persona Asegurada o bajo el cuidado, custodia o control de la Persona Asegurada el cual se nutre de gas comprimido o enriquecido, más cada uno de los artículos detallados a continuación que pueden ser añadidos al equipo:

Báscula Flotante.

Hebilla de liberación rápida en el artefacto de buceo y en las pesas.

Instrumento para medir el tiempo y para medir la profundidad (uno por pareja).

Instrumento de advertencia que indica el agotamiento del gas en el tanque, respirador y dispositivo técnico de buceo incluyendo buceo con gases mixtos.

El equipo personal de buceo también incluye equipo de buceo HOOKAH propiedad de la Persona Asegurada o a cargo, custodia o control de la Persona Asegurada.

 

"Doctor"

Médico especialista acreditado que trata a la Persona Asegurada después de un Evento Asegurado y/o durante la hospitalización después del Evento Asegurado.

"Hospital"

Un institución médica reconocida por las autoridades competentes como hospital y que funciona únicamente como hospital, y no una institución que es también un sanatorio y/o institución de rehabilitación. Para el mencionado propósito, una cámara hiperbática (alta presión) será considerada como Hospital

"Escolta"

La persona que acompañará a la Persona Asegurada en su viaje de retorno a su país de origen de acuerdo con las instrucciones del Doctor.

"Gastos Razonables"

Honorarios y otros costos cobrados por servicios que se considera necesario otorgar a la Persona Asegurada como resultado directo de un Evento Asegurado.

“Rescate, Evacuación y Gastos de Transferencia”

Los Gastos Razonables incurridos para rescatar, evacuar y transferir a la Persona Asegurada desde el lugar donde ha ocurrido el Evento Asegurado al Hospital más cercano y/o entre Hospitales en caso de ser médicamente necesario y según lo acordado y concertado de antemano y aprobado por la 'Assistance Company’ (Compañía de Asistencia), incluyendo por ambulancia aérea.

“El, Suyo, A Sí Mismo” también significa “Ella, Suya, A Sí Misma”

3. DETALLES DE LA COBERTURA

La compensación abonada por los Aseguradores en ningún case excederá las sumas señaladas en el Programa pero el límite del los gastos médicos también será el límite máximo para todo Evento Asegurado.

A. Gastos Médicos

El pago de los Gastos Razonables por los servicios otorgados a la Persona Asegurada por el Rescate, Evacuación y Transferencia al Hospital, y gastos incurridos en la diagnosis, el tratamiento, incluyendo tratamiento otorgado en la cámara hiperbática, pruebas de laboratorio, rayos x y cualquier otro tratamiento otorgado a la Persona Asegurada, que es esencial para salvar la vida de la Persona Asegurada o que es razonablemente requerido para curar y/o mitigar los efectos de la lesión física causada por el Evento Asegurado. Tales gastos deben incurrir dentro de los 365 días después de la fecha del Evento Asegurado.

B. Muerte como resultado de un Evento Asegurado

Los Aseguradores abonarán al beneficiario, según lo establecido en la solicitud para el seguro, la prestación por muerte como resultado directo de un Evento Asegurado, con la condición de que la muerte de la Persona Asegurada haya acontecido dentro de los 365 días después de la fecha del Evento Asegurado. Si no se ha denominado un beneficiario, la prestación será abonada a los herederos legales de la Persona Asegurada. 

C. Incapacidad física Total y Permanente

Los Aseguradores abonaran a la Persona Asegurada en caso incapacidad física total y permanente de la Persona Asegurada que haya comenzado dentro de 365 después de la fecha de Evento Asegurado y como resultado directo del Evento Asegurado, siempre que tal incapacidad física:

(a)   Impide totalmente que la Persona Asegurada se haga cargo de cualquier empresa u ocupación para la cual es razonablemente apto por su entrenamiento , educación o experiencia y

(b)   Continúa sin interrupción por lo menos durante 365 días y

(c)   Se supone de manera razonable que continuará sin esperanza de mejora.

 

En caso de incapacidad física seguida por la muerte de la Persona Asegurada, se abonará solo una prestación a la Persona Asegurada y/o a los beneficiarios de la Persona Asegurada.

D. Billetes de Viaje

Los Aseguradores indemnizarán a la Persona Asegurada y a la Escolta por los Gastos Razonables incurridos por la compra de Billetes de Viaje adicionales al lugar de residencia de la Persona Asegurada -aplica el mínimo de 100 kilómetros – según los establecido en el formulario de solicitud si dado al Evento Asegurado y en las instrucciones escritas del Doctor, la Persona Asegurada está imposibilitada de utilizar los Billetes de Viaje adquiridos originalmente.

E. Gastos de Alojamiento Adicionales

Los Aseguradores indemnizarán a la Persona Asegurada y a su Escolta por los gastos de alojamiento razonables incurridos a fin de permanecer en el lugar en le cual la Persona Asegurada recibe tratamiento médico tras el Evento Asegurado en base a las instrucciones escritas del Doctor hasta un máximo de 100 Euros (o el equivalente en otras monedas) por día; pero en ningún caso -la cuenta de gastos bajo la presente Sección E- no excederá el límite establecido en el Programa para todo Evento Asegurado. Aplica el mínimo de 100 kilómetros del lugar de domicilio de la Persona Asegurada.

F. Pérdida del Equipo Personal de Buceo

En el evento de pérdida del Equipo Personal de Buceo según lo definido a la hora del acontecimiento del Evento Asegurado el Asegurador abonará el precio del reemplazo en base al precio actual de mercado, hasta el límite indicado en el Programa. 

G. Cancelación y Reducción

Los Aseguradores abonarán hasta la suma indicada en el Programa por la pérdida de depósito(s) irrecobrables por Buceos sin emplear como resultado de cancelación  necesaria e inevitable  dado a que la Persona Asegurada es incapaz de bucear por razones de salud (la confirmación escrita debe ser dada por un médico).

Respecto a la Reducción, los Aseguradores abonarán -hasta la suma indicada en el Programa- el monto proporcional de los costos prepagos irrecobrables de  Buceos sin emplear dado a que la Persona Asegurada es incapaz de bucear por razones de salud (la confirmación escrita debe ser dada por un médico).

Las pérdidas por Cancelación y Reducción están limitadas a Personas Aseguradas menores de 60 años de edad.

H. Cláusula Adicional de Responsabilidad Civil (Terceras Partes)

Los Aseguradores indemnizaran a la persona Asegurada por todas las sumas que él/ella sean legalmente responsables de pagar a Terceras Partes como resultado de Lesión Corporal Accidental (o sea una lesión física identificable causada por un Accidente) que haya ocurrido mientras la Persona Asegurada se ocupa de esnórquel de esparcimiento  o buceo deportivo hasta el Límite de Indemnización indicado en el Programa respecto al programa relevante.

Los costos de la defensa legal incurridos por la Persona Asegurada serán incluidos dentro del Limite de Indemnización.

Garantías respecto a la Cláusula Adicional de Responsabilidad Civil (Terceras Partes)

Para que la cobertura sea accesible a la Persona Asegurada, lo siguiente constituye un requisito fundamental del presente Seguro: Las actividades de buceo o esnórquel recreativo/de esparcimiento son llevadas a cabo de acuerdo con las directrices y recomendaciones para las prácticas seguras de buceo según lo establecido por la autoridad acreditadota de la Persona Asegurada y que la Persona Asegurada ha verificado que el equipo que utiliza durante las actividades de buceo recreativo/de esparcimiento es mantenido en una condición utilizable aceptada por los estándares de buceo.

Los Aseguradores no serán responsables por los primeros 250 Euros de cada incidente. Lo mencionado aplica a cada persona que  presenta una demanda por separado.

EXCLUSIONES respecto a la  Cláusula Adicional de Responsabilidad Civil (Terceras Partes)

Los Aseguradores no abonarán toda demanda originada en:

           

·         El uso de arpones utilizados conjuntamente con un 'aqualung’ (cilindro y regulador de buceo);

·         Todo Bien o Artículo de otros bajo cuidado, custodia o control de la Persona Asegurada;

·         Todo bien o producto vendido por la Persona Asegurada;

·         El uso u ocupación de toda premisa  por parte de la Persona Asegurada;

·         El uso u operación de todo vehículo motorizado, nave acuática o aérea por parte de la Persona Asegurada;

·         Toda actividad comercial o profesional de la Persona Asegurada;

·         Lesión corporal a empleados de la Persona Asegurada originados en su empleo;

·         Filtración, polución o contaminación;

·         Todo acontecimiento que en el momento de su ocurrencia sería, de no existir el presente seguro, asegurado por cualquier otra póliza.

Por lo demás sujeto a los términos, condiciones y exclusiones de la Redacción de la Póliza de Buceo Recreativo/de esparcimiento en la cual está incluida la presente Cláusula Adicional.

 

4. Cobertura Adicional (Plan Oro / Platino)

En consideración por una premia adicional abonada en el marco del Plan Oro/Platino, los límites de la responsabilidad del Asegurador se establecerán en el Programa de la Cobertura Oro/Platino.

5. Exclusiones Generales  aplicables a todo el seguro

El seguro no cubrirá muerte, invalidez, pérdida o gasto que surjan directa o indirectamente de o contribuidos por:

1.      Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades (tanto si se ha declarado guerra como si no), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección o usurpación de poder,

2.      Radiación ionizante de o por contaminación radioactiva de todo combustible nuclear o de todo residuo nuclear, de combustión o combustible nuclear o de las propiedades radioactivas, tóxicas, explosivas o peligrosas de otra manera de todo montaje nuclear o componente nuclear del mismo.

3.      El suicidio, intento de suicidio y/o auto lesión intencional de la Persona Asegurada tanto si la Persona Asegurada estaba en su sano juicio o no,

4.      El uso de alcohol y/o drogas no recetadas por un médico registrado,

5.      un acto criminal perpetrado por la Persona Asegurada,

6.      Que la Persona Asegurada esté participando o tomando parte en servicio militar,

7.      enfermedad mental y/o disturbios mentales o depresión nerviosa de la  Persona Asegurada, tanto existentes previamente o causados por el Evento Asegurado,

8.      El estado de salud anormal de la  Persona Asegurada, del cual la  Persona Asegurada tenía conocimiento y/o dado al cual había sido descalificado o no tenía permiso para bucear,

9.      Que la Persona Asegurada bucea en un área en la cual está prohibido el buceo,

10.  Que la Persona Asegurada bucea estando embarazada,

11.  Que la Persona Asegurada bucea como buceador profesional aparte de cómo instructor de buceo.

 

6. Demandas

 

La Persona Asegurada informará inmediatamente al Administrador de Demandas sobre el acontecimiento de un Evento Asegurado (o de un Accidente en el almacén de Buceo o en el bote que transporta a la Persona Asegurada hacia y desde el Buceo) y sobre las circunstancias, y entregará lo más pronto posible todos los documentos razonables y pertinentes (solo original (es)) requeridos incluyendo -de ser aplicable-  una carta de renuncia a la confidencialidad médica firmada por la Persona Asegurada. La entrega de la antedicha renuncia es fundamental para que el Asegurador admita su responsabilidad.

La Persona Asegurada cooperará con el Administrador de Demandas antes y después de presentar la demanda y hará todo lo requerido a fin de permitir que el Asegurador esclarezca su responsabilidad respecto al pago y determine el monto a ser abonado bajo el presente seguro.

En caso de ser requerido, la Persona Asegurada estará disponible, a pedido del Administrador de Demandas, para un examen médico a efectuarse por  su facultativo médico designado

La Persona Asegurada debe enviar al Administrador de Demandas un informe completo del Evento Asegurado más un informe médico del Doctor y/o del Hospital (es) y debe entregar todo otro documento requerido por el Asegurador de acuerdo con las circunstancias del Evento Asegurado.

El Asegurador tendrá derecho a conducir a su cuenta cualquier investigación y a visitar a la Persona Asegurada y a hacer que la Persona Asegurada sea revisada por el representante médico del Asegurador y/o por cualquier otro representante, según el Asegurador considere necesario.

Administrador de Demandas:

Specialty Group Ltd, Europoint, 5-11 Lavington Street, London SE1 0NZ
T: +44 (0)20 7902 7410 F: +44 (0)20 7928 4748
claims@specialty-group.com

7. ASISTENCIA

Asistencia en todo el mundo caso de emergencia

Una Compañía de Asistencia 24 horas al día está incorporada al presente Seguro

Es condición del presente Seguro informar inmediatamente a ‘SPECIALTY ASSISTANCE SERVICES (S.A.S.)’ sobre todas las demandas que involucran gastos de repatriación o (dentro de 48 horas después de la admisión) si es necesario el tratamiento como paciente interno en un hospital, clínica u hospital particular  

La evacuación médica debe ser tramitada por S.A.S. 

Teléfono: +44 (0) 20 7902 7405                   Telefax: +44 (0) 20 7407 9206

assistance@specialty-group.com

 

 

 

 

8. Beneficios de Asistencia de Viaje

Nivel 1 (Plan Plata):

  • Información y Asistencia Médica 24-Horas al día en todo el mundo 

La ‘Assistance Company’ (Compañía Asistencia) suministrará asistencia y asesoría multilingüe  24-horas al día junto con envío a médicos, hospitales y especialistas por problemas médicos no relacionados al buceo.

  • Repatriación de emergencia

La repatriación será considerada necesaria si un facultativo médico competente

(a)   estima que la Persona Asegurada probablemente estará totalmente incapacitada durante un período superior a 4 semanas y/o

(b)   certifica que las instalaciones locales son inadecuadas para el tratamiento de la condición de la Persona Asegurada y/o

(c)   confirma que la recuperación de la Persona Asegurada será substancialmente acelerada a causa de la repatriación.

  • Gastos médicos

La ‘Assistance Company’ dará un anticipo hasta la suma límite de la póliza para la admisión en el hospital o depósitos para ser dado de alta.  

  • Repatriación de Restos

Si la Persona Asegurada, o un familiar con cobertura, muere como resultado de un Evento Asegurado, la ‘Assistance Company’ tramitará y abonará la suma hasta el límite de la póliza, por todos los gastos asociados al retorno de los restos.

Los Aseguradores no pagarán toda demanda originada en la Repatriación de Emergencia o la Repatriación de Restos a menos que haya sido autorizada de antemano por la ‘Assistance Company’

 

Nivel 2 (Plan Oro) – Los beneficios anteriormente mencionados y en adición los beneficios a continuación:

  • Asistencia en Prescripción Médica

La ‘Assistance Company’ ubicará y tramitará el envío de medicamentos o gafas siempre que sea posible y legalmente aceptable o gestionará para que la Persona Asegurada lo retire localmente.

  • Monitoreo médico

La ‘Assistance Company’ actuará con proveedores médicos locales y transmitirá la información necesaria a la Persona Asegurada y a la familia de la Persona Asegurada hasta la resolución de la situación, y así mismo determinará si el tratamiento propuesto es apropiado y si las instalaciones cuentan con la capacidad para dar una respuesta a la situación.

Nivel 3 (Plan Platino) – Los beneficios anteriormente mencionados y en adición los beneficios a continuación:

  • Visit de un familiar o amigo

La ‘Assistance Company’ hará los arreglos para el arribo de una visita si la Persona Asegurada viaja sola y su estado requiere hospitalización por un período superior a cinco días consecutivos.

  • Retorno de niños a cargo de la Persona Asegurada

La ‘Assistance Company’ hará los arreglos para el regreso de niños a su hogar si la Persona Asegurada enferma o resulta herida y es incapaz de atender las necesidades de los niños.

  • Retorno de Acompañante de Viaje  

La ‘Assistance Company’ hará los arreglos y costeara un billete aéreo de dirección única en clase económica al acompañante de viaje si el acompañante pierde el vuelo previamente programado dado ala emergencia médica de la Persona Asegurada.

  • Retorno de Vehículo

La ‘Assistance Company’ hará los arreglos para la devolución del vehículo desatendido de la Persona Asegurada a la agencia de alquiler o al lugar de residencia actual, en caso de urgencia médica.

  • Transmisión de mensaje de emergencia

La ‘Assistance Company’ recibirá y despachará mensajes de emergencia a y de la familia y/o empleador de la Persona Asegurada.

  • Adelantos en efectivo en caso de emergencia

La ‘Assistance Company’, en caso que sea posible, otorgará un adelanto en efectivo de hasta 200 Euros en moneda local para cubrir emergencias médicas.

  • Derivación a traductor e intérprete

En el caso de una emergencia médica, la ‘Assistance Company’ se encargará de derivar a traductores  o interpretes locales.

  • Derivación a letrado

La derivación a abogados locales competentes será gestionada por la ‘Assistance Company’. Interpretación telefónica será gestionada por la ‘Assistance Company’, en caso de ser necesario.

 

  • Asistencia Legal  

La ‘Assistance Company’ informará a la embajada o consulado pertinente sobre el encarcelamiento de la Persona Asegurada.

9. Condiciones Generales

Otro Seguro

Dado el acontecimiento del Evento Asegurado la Persona Asegurada debe informar inmediatamente al Asegurador sobre todo otro seguro existente para riesgos cubiertos por el presente Seguro. Si dado el acontecimiento de un Evento Asegurado existen otros seguros que cubren el Evento Asegurado, el Asegurador abonará solo la suma excedente de los pagos debidos por los otros seguros.

Ley y jurisdicción

La Ley y Jurisdicción apropiada que rige el presente seguro será la Ley de Espana y en todo caso de desacuerdo la única jurisdicción es la de las Cortes de Espana.

Programa

Silver

Gold

Platinum

Gastos médicos y límite de la póliza

€50,000
(En Valencia y Cataluña ilimitado en hospitales estatales)

€100,000
(En Valencia y Cataluña ilimitado en hospitales estatales)

€250,000
(En Valencia y Cataluña ilimitado en hospitales estatales)

Responsabilidad Civil  

€150,000
(En Valencia y Cataluña €300,000 según lo requerido por la legislación local)

€150,000
(En Valencia y Cataluña €300,000 según lo requerido por la legislación local

€150,000
(En Valencia y Cataluña €300,000 según lo requerido por la legislación local)

Muerte / Incapacidad (incluyendo repatriación de restos)

€7,500
(En Valencia y Cataluña €12,000 según lo requerido por la legislación local)

€10,000
(En Valencia y Cataluña €12,000 según lo requerido por la legislación local)

€15,000

Costos adicionales (para preparativos de viaje)

€5,000

€7,500

€10,000

Cancelación/Interrupción

N/A

N/A

€1,000

24X7 Ayuda de viaje – A través del Mundo

Nivel 1

Nivel 2

Nivel 3

Equipo de buceo perdido dado a un accidente de buceo

N/A

€500

€1,000

Gastos médicos – Accidente en almacén/club de buceo

N/A

N/A

Cubierto

Gastos médicos –Accidente sobre el bote

N/A

Cubierto

Cubierto

Gases Mixtos,

Aire/Nitrox 40%

Si

Si

Respirador

No

Si

Si

Buceo en cueva,

No

Si

Si

Buceo en hielo

No

Si

Si

Límite de profundidad

70m

Sin límite de profundidad

Sin límite de profundidad